Resumen: El Código civil español, al igual que otros Códigos extranjeros, distingue daños derivados de incumplimiento de contrato (arts. 1101 y ss.) y daños derivados de culpa extracontractual (arts. 1902 y ss.). En ambos supuestos la indemnización de daños exige una conducta antijurídica causante de los daños, bien por infringir lo acordado en un contrato o bien por infringir el principio general de derecho alterum non laedere.
Sumario: §1. La responsabilidad por actos ilícitos y la derivada de infracción contractual.
A) Distinción entre culpa contractual y culpa extracontractual. a) Prescripción extintiva. b) Juez competente. c) Prueba de los daños. d) Grado de culpa civil exigible. e) Régimen sobre la responsabilidad solidaria resultante. B) Principio general y sobre la compatibilidad de ambas culpas. C) Supuestos delictivos. Culpa civil y culpa penal.
§2. La doctrina de la unidad de la culpa civil en la actualidad.
I. Criterio interpretativo basado en la unidad de culpa civil. A) Dirección hacia la objetivación de la responsabilidad. B) Jurisprudencia sobre unidad de la culpa civil. C) Repercusiones en el ámbito jurídico procesal.
II. Criterio interpretativo no basado en la unidad de culpa civil. Principios procesales de instancia de parte y congruencia de la sentencia. Sentencia de 3 de mayo de 1999.
III. Crítica de dicha sentencia. A) Naturaleza de la acción ejercitada. B) Principio dispositivo y de congruencia de la sentencia. La causa petendi. C) Conclusión.
Comentarios: Este artículo forma parte de la obra "Perfiles de la responsabilidad civil en el nuevo milenio" Dykinson 2000 (ISBN 84-8155-705-6)
Versión impresa disponible www.dykinson.com Libros de Derecho Penal
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