Resumen: Desde que inicié mis actividades docentes en la enseñanza universitaria, al explicar a los alumnos de licenciatura la disciplina que se ocupa de los delitos en particular, siempre me veía en la necesidad de establecer un enlace entre la Parte general y la Parte especial del Código penal. Ante las preguntas de los estudiantes, percibía con perplejidad que mis clases se impregnaban del contenido programático de la disciplina que se ocupa del estudio de la Parte general, de acuerdo con el curriculum normal adoptado por las Facultades de Derecho. Al mismo tiempo, percibía que las nociones de Parte general eran captadas y comprendidas mejor por los estudiantes, cuando les hallaban aplicación en el estudio de los delitos en especie. Estaba y sigo convencida de que ello sucede en razón de un problema metodológico, de didáctica pedagógica, y no por una deficiencia en la enseñanza de la Parte general, que los profesores se esmeran siempre por explicar con el mayor énfasis, atendido a que es, en teoría, la «parte» más importante del Derecho penal. Actualmente, el problema se ha multiplicado junto a la dilatación de la legislación complementaria del Código penal, cada vez más extensa. |