Resumen: El 19 de marzo de 2012, dentro de poco más de cuatro años, se
celebrará el Segundo Centenario de la Constitución de 1812, y el 24
de septiembre de 2010, dentro de tres, se cumplirán los doscientos
años de la primera reunión en la isla de León de los diputados de las
Cortes de Cádiz que, entre otras cosas, habrían de redactar aquella
Constitución. Como hemos señalado en otro lugar, la Constitución de 1812 aparece como hito capital en la historia de España por constituir la frontera entre el Antiguo Régimen y el Estado de la Monarquía parlamentaria contemporánea. Pero ese texto es además, con toda probabilidad, una de las dos mayores aportaciones de España a la cultura jurídica universal (la otra, el Código de las Siete Partidas), tanto por su importancia intrínseca —su carácter de Constitución emblemática del liberalismo español y europeo— como por el eco que tuvo en distintos países de Europa y América. Habiendo existido durante los siglos XVI y XVII unas Cortes en los distintos reinos, y en el XVIII, a raíz de los Decretos de Nueva Planta, unas peculiares Cortes nacionales con procuradores castellanos y representantes de la Corona de Aragón (además de las Cortes de Navarra), la nueva representación política sería de carácter distinto. La Junta Central había manifestado su propósito de “transformar el Estado, mejorar sus instituciones y consolidar su libertad”. A partir de ahí, el 15 de abril de 1809 Lorenzo Calvo de Rozas propuso una convocatoria de Cortes con el propósito de elaborar una nueva Constitución. Aprobada la propuesta en la Junta Central, Quintana fue encargado del proyecto de convocatoria que habría de culminar en el decreto de 22 de mayo... |