Resumen: Para comprender el régimen actual de las haciendas locales portuguesas,comenzaremos por situar los entes administrativos locales en nuestro sistemaconstitucional. Con todo, como el lugar de las administraciones locales en elactual sistema constitucional difícilmente resultará entendible sin una alusión ala realidad preconstitucional, vamos a empezar precisamente por decir algunacosa sobre la situación reinante, en general y en sede de las haciendas locales,hasta la Constitución actual, o sea, hasta la Constitución de 1976. En efecto,sólo después de esa referencia estaremos en condiciones de entender el verdaderosentido y alcance del principio constitucional de autonomía local que, deigual modo, analizaremos. En todo caso, el título de este trabajo impone también,dar cuenta de los diversos tipos o niveles de administraciones locales existentesen Portugal.
Sumario: I. La autonomía local y las administraciones locales (autarquias locais):
1. Las administraciones locales en la situación anterior a la Constitución
de 1976. 2. El principio de la autonomía local. 3. Las administraciones
locales portuguesas.- II. La autonomía financiera de las
administraciones locales.- III. Los ingresos municipales: Los impuestos. 2. Las tasas. 3. Las transferencias del Estado. 4. El recurso al crédito.- IV. Los ingresos de las freguesias1.- V. Referencia al control de las haciendas locales por el gobierno.
Comentarios: Este artículo forma parte de la obra “La financiación de los Municipios. Experiencias comparadas”, obra coordinada por Gabriel Casado Ollero. Publicada por la editorial Dykinson en 2005 con el ISBN 84-9772-770-3.
Versión impresa disponible www.dykinson.com Libros de Derecho Administrativo
Otros artículos disponibles de la obra La financiación de los Municipios