Resumen: El secreto en general, como instituto protegido por un Estado con vocación democrática, está ineludiblemente vinculado a la tutela de un derecho fundamental como lo son la intimidad y privacidad, expresiones del paradigma de portada general de la libertad. Lo expresado resulta generalmente admitido sin reservas, pero éstas surgen respecto del alcance del instituto del secreto, al momento de plantear ciertos casos concretos y fundamentalmente al abordar la viabilidad jurídica de una legitimación activa de los encargados de su custodia en defensa de la información recibida en su investidura de confidentes necesarios. Temas de tanta trascendencia no pueden entenderse adecuadamente, sin recurrir a aquello que Maurach designa como «la dirección dogmática de los institutos”, o sea, el sentido, la trascendencia dogmática y político-criminal que el legislador ha procurado a través de su protección. |