Resumen: La financiación autonómica ha reaparecido en fechas recientes con
fuerza inusitada en los foros públicos de debate. En la búsqueda continua de normas de convivencia aceptables por todos, se han iniciado distintos procesos de reformas estatutarias. Entre ellas, sin duda, la propuesta aprobada por el Parlamento catalán el 30 de septiembre de 2005, y posteriormente por las Cortes Generales mediante Ley Orgánica 6/2006, de 19 de julio, por su contenido no exento de controversia, ha generado una mayor expectación.
Sumario: 1. EL MARCO COMPETENCIAL EN MATERIA DE FINANCIACIÓN AUTONÓMICA: LEY ORGÁNICA EX ARTÍCULO 157.3 DE LA CONSTITUCIÓN VERSUS LEY ORGÁNICA ESTATUTARIA
2. LA FINANCIACIÓN EN EL ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE CATALUÑA
2.1. La financiación en la propuesta de Estatuto de Autonomía aprobada por el parlamento de Cataluña
2.2. La financiación en el Estatuto de Autonomía definitivamente aprobado por las Cortes Generales
3. REFLEXIÓN FINAL
Comentarios: Este artículo forma parte de la obra “La financiación en la reforma del estatuto de autonomía de Extremadura y en otros modelos autonómicos e internacionales” publicada en 2008 por la editorial Dykinson con el ISBN 978-84-9849-293-4
Versión impresa disponible www.dykinson.com Libros de Derecho Administrativo
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