Resumen: En trabajos anteriores, he defendido la tesis ontológica de que las normas, y en particular las normas jurídicas, son enunciados, esto es, expresiones bien formadas y con sentido completo de algún lenguaje. Por ello y por otras razones, prefiero el término «enunciado jurídico» al de «norma jurídica». No obstante, aquí utilizaré ambas denominaciones indistintamente. También he sostenido, en esos mismos trabajos, una concepción del Derecho, según la cual lo que distingue a los enunciados que son jurídicos de los enunciados que no lo son es que los primeros, a diferencia de los segundos, están contenidos en cuerpos jurídicos, esto es, en cuerpos legales (constituciones, leyes, decretos, etc.) publicados. Estas ideas deberían ser completadas con otras, viejas o nuevas, acerca de la publicación y, sobre todo, con una reflexión, inexistente hasta hoy, por cuanto sé, acerca de la noción de cuerpo legal en general. |