Resumen: En general, frente a la idea positivista (hartiana) del Derecho caracterizado por su textura abierta, R. Dworkin y el antipositivismo contemporáneo oponen una concepción del Derecho como un “producto acabado” y completo, y no inconcluso o abierto1. En buena medida, esta perspectiva, oponiéndose a la doctrina de la indeterminación, viene a integrarse –como un elemento más– en la descripción alternativa del Estado constitucional de Derecho que proporciona el antipositivismo jurídico contemporáneo. En cierto modo, las posiciones no-positivistas puede ser relacionadas con el neoconstitucionalismo ideológico, que proclama a la Constitución como un “valor en sí mismo”, a modo de «modelo axiológico de la Constitución como norma». Esta forma de neoconstitucionalismo muy posiblemente encuentra en la teoría del Derecho de R. Dworkin a uno de sus promotores2. Riccardo Guastini, sin embargo, lo ha identificado, entre otros rasgos, con el de la “sobreinterpretación constitucional”. |