Resumen: Es muy habitual reconocer como derechos de solidaridad o derechos fundados en la solidaridad a derechos que vienen a suponer una respuesta concreta a los nuevos desafíos que genera en nuestros días el desarrollo social. No cabe duda, en efecto, de que el progreso científi co y tecnológico ha colocado al individuo en una especial posición de vulnerabilidad ante potenciales agresiones que en otro tiempo resultaban inimaginables por la propia inexistencia de los mecanismos que podían propiciar su perpetración. Ante este cambio de coyuntura es normal que los derechos remodelen sustancialmente su fi sonomía como instrumentos al servicio de la salvaguarda de la dignidad humana acechada ahora desde nuevos frentes de batalla.
Cabe en este sentido identifi car una franja de derechos nuevos, o si se prefi ere de nueva confi guración, que, al margen del específi co cometido que cumplen como garantías puntuales de la preservación de la dignidad amenazada en los singulares aspectos que constituyen su punto de referencia particular, simbolizan adecuadamente la evidente transformación del sentido de las necesidades humanas en una sociedad cuya evolución no podía descifrarse en el momento de la cristalización teórica y de la propia positivación jurídica de los derechos tradicionales.
Sumario: I. LA SUPERACIÓN DEL PLANTEAMIENTO TRADICIONAL DE LA
RELACIÓN ENTRE LA SOLIDARIDAD Y LOS DERECHOS
II. LA REDEFINICIÓN DE LA SOLIDARIDAD COMO INSTRUMENTO DE
IDENTIFICACIÓN DE LOS DERECHOS
III. LA COIMPLICACIÓN DE LOS ÁMBITOS DE INTERVENCIÓN DE LA
SOLIDARIDAD EN RELACIÓN A LOS DERECHOS
Comentarios: Este artículo forma parte de la obra “Dimensiones Jurídicas de la Globalización” editada con el ISBN 978-84-9849-144-9 por la editorial Dykinson en 2007.
Versión impresa disponible www.dykinson.com Libros de Globalización
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