Resumen: El procedimiento de declaración del concurso tiene por finalidad principal la comprobación de si en el caso concreto se da el presupuesto objetivo del concurso, esto es, la insolvencia del deudor, entendida ésta en su sentido legal. Junto a esa finalidad esencial conviven otras accesorias como son las de determinar el Juez competente, internacional y territorialmente, comprobar que la solicitud cumple los deberes formales legalmente impuestos y va acompañada de los preceptivos documentos, y adoptar las medidas cautelares que pudieran ser procedentes para asegurar la integridad del patrimonio del deudor, o aquellas otras que, afectando a derechos fundamentales del deudor, sean necesarias desde un punto de vista funcional, en beneficio de la normal tramitación del procedimiento. Todas estas finalidades deben encauzarse, además, en el marco de unas garantías procesales orientadas principalmente a la protección del deudor, aunque también lo hagan respecto de los demás legitimados para instar el concurso. El procedimiento de declaración del concurso no es el mismo en todos los casos. Dependiendo de quien lo solicite, habrá de acreditarse una exteriorización del presupuesto objetivo del concurso distinta y las garantías procesales jugarán de distinta manera. Por ello, el estudio que nos ocupa lo abordaremos desde una sistemática que tome como referencia quién tuvo la iniciativa para instar el concurso, viendo en cada uno de los supuestos como se desarrolla el procedimiento en su integridad, y abordando previamente el estudio de las cuestiones que puedan ser comunes a todos los casos. |